Delegado de Protección

de Datos (DPD)

La figura del Delegado de Protección de Datos en las Organizaciones 

El Delegado de Protección de Datos (DPD), también conocido como Data Protection Officer (DPO) en inglés, es una figura clave en el ámbito de la protección de datos personales, especialmente en el contexto del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea. Su función principal es garantizar que una organización cumpla con las leyes y regulaciones de protección de datos y que se protejan adecuadamente los datos personales de los individuos con los que la organización interactúa.


¿Quieres conocer cuáles son las funciones de un DPD? Visite el siguiente enlace de la Agencia Española de Protección de Datos.

Funciones DPD

¿Tu organización necesita un DPD?

Te indicamos aquellas organizaciones que deben de disponer de la figura de Delegado de Protección de Datos de acuerdo al artículo 37.1 del Reglamento (UE) 2016/679

Los colegios profesionales y sus consejos generales.

Los centros docentes que ofrezcan enseñanzas en cualquiera de los niveles establecidos en la legislación reguladora del derecho a la educación, así como las Universidades públicas y privadas.

Las entidades que exploten redes y presten servicios de comunicaciones electrónicas conforme a lo dispuesto en su legislación específica, cuando traten habitual y sistemáticamente datos personales a gran escala.

Las entidades que desarrollen actividades de publicidad y prospección comercial, incluyendo las de investigación comercial y de mercados, cuando lleven a cabo tratamientos basados en las preferencias de los afectados o realicen actividades que impliquen la elaboración de perfiles de los mismos.

Las entidades que tengan como uno de sus objetos la emisión de informes comerciales que puedan referirse a personas físicas

Las empresas de seguridad privada.

Los prestadores de servicios de la sociedad de la información cuando elaboren a gran escala perfiles de los usuarios del servicio.

Las entidades incluidas en el artículo 1 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

Los establecimientos financieros de crédito.

Las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Las empresas de servicios de inversión, reguladas por la legislación del Mercado de Valores.

Los distribuidores y comercializadores de energía eléctrica y los distribuidores y comercializadores de gas natural.

Las entidades responsables de ficheros comunes para la evaluación de la solvencia patrimonial y crédito o de los ficheros comunes para la gestión y prevención del fraude, incluyendo a los responsables de los ficheros regulados por la legislación de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Los operadores que desarrollen la actividad de juego a través de canales electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos, conforme a la normativa de regulación del juego.

Las federaciones deportivas cuando traten datos de menores de edad.

Descubre nuestras tarifas

Auditorias

Desde 

 299 .00

  • Auditoria sobre el tratamiento de los datos.
  • Elaboración de Evaluación de Impacto (EIPD) para determinar los tratamientos que entrañen un elevado riesgo.

Delegado de Protección de Datos para Autónomos

 35.00

/ mes
(I.V.A Incluido)

  • Asesoramiento en materia de protección de datos.
  • Resolución de dudas.
  • (Opcional)  Responsable de tratamiento de protección de datos por 30€/mes (I.V.A Incluido)

Delegado de Protección de Datos para Empresas y Organizaciones

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  • Asesoramiento en materia de protección de datos.
  • Resolución de dudas.
  • (Opcional) Responsable de tratamiento de protección de datos.

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